sábado, 28 de mayo de 2011

Salud Laboral

De acuerdo a lo establecido en LOPCYMAT, en su articulo 56 numeral 7, el empleador debe elaborar con la participación de los trabajadores el programa de seguridad y salud en el trabajo, el cual debe contener los aspectos descritos en el articulo 82 del reglamento parcial de la LOPCYMAT                  

No hay comentarios:

Publicar un comentario